Dt 5 Reguladora de las Ba...imen Local

Dt 5 Reguladora de las Bases del Régimen Local

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 5ª

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, la Administración del Estado organizará el Registro previsto en el artículo 14, inscribiendo, en un primer momento, todas las Entidades locales a que se refiere esta Ley, bajo su actual denominación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-04-1985 en vigor desde 23-04-1985