Dt 5 General presupuestaria
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»D.T. 5ª.
Hasta la entrada en vigor del desarrollo reglamentario correspondiente, la Cuenta General del Estado se elaborará conforme a lo previsto en la Orden del Ministerio de Hacienda de 12 de diciembre de 2000, por la que se regula la elaboración de la Cuenta General del Estado.
Modificaciones
- Modificación realizada (Articulo historico) por Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012.
(BOE de 30-06-2012) en vigor desde 01-07-2012 - Texto Original. Publicado el 27-11-2003 en vigor desde 01-07-2012