Dt 4 Reglamento de Servic...es Locales

Dt 4 Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales

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D.T. 4ª.

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En las concesiones actualmente otorgadas en relación con los servicios determinados en el párrafo 3 del artículo 114 de este Reglamento, las Corporaciones locales respectivas se entenderán titulares concedentes de ellas y quedarán subrogadas en los compromisos y facultades inherentes a dicha situación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-07-1955 en vigor desde 04-08-1955