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Dt 4 Ordenación del Sistema de Formación Profesional

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D.T. 4ª. Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

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1. Hasta tanto no se proceda al desarrollo reglamentario de lo previsto en la Ley Orgánica 3/2022, en relación con el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales, mantendrá su vigencia la ordenación del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales recogida en el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

2. Hasta tanto no se proceda al desarrollo reglamentario de lo previsto la Ley Orgánica 3/202, en relación con el Catálogo Modular de Formación Profesional, mantendrá su vigencia la ordenación de dicho catálogo recogida en el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-07-2023 en vigor desde 23-07-2023