Dt 4 Ley Hipotecaria
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»D.T. 4ª.
Surtirán todos los efectos determinados por la legislación anterior las inscripciones de posesión existentes en primero de enero de mil novecientos cuarenta y cinco o las que se practiquen en virtud de informaciones iniciadas antes de dicha fecha.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-02-1946 en vigor desde 19-03-1946