Dt 4 Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
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»D.T. 4ª. Régimen transitorio de los archivos, registros y punto de acceso general.
Mientras no entren en vigor las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico, las Administraciones Públicas mantendrán los mismos canales, medios o sistemas electrónicos vigentes relativos a dichas materias, que permitan garantizar el derecho de las personas a relacionarse electrónicamente con las Administraciones.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-10-2015 en vigor desde 02-10-2016