Dt 4 General de Telecomunicaciones
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»D.T. 4ª. Registro de operadores.
El Registro de operadores regulado en el artículo 7 mantiene su continuidad respecto del Registro de operadores regulado en el artículo 7 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, de manera que los datos inscritos en este pasarán a formar parte del registro regulado en esta ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-06-2022 en vigor desde 30-06-2022