D.T. 38ª. Reducción aplicable a determinados arrendamientos de viviendas.
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»D.T. 38ª. Reducción aplicable a determinados arrendamientos de viviendas.
A los rendimientos netos positivos de capital inmobiliario derivados de contratos de arrendamiento de vivienda que se hubieran celebrado con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, les resultará de aplicación la reducción prevista en el apartado 2 del artículo 23 de esta ley en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2021.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.T. 38ª (se añade)) por Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
(BOE de 25-05-2023) en vigor desde 01-01-2024 - Texto Original. Publicado el 29-11-2006 en vigor desde 01-01-2024