Dt 31 Ley Orgánica del Poder judicial

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D.T. 31ª.

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En el plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor de la Ley de Planta y conforme a lo dispuesto en esta ley serán elegidos los Jueces de Paz, cesando en su cargo los que hasta ese momento lo viniesen desempeñando.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-07-1985 en vigor desde 03-07-1985