Dt 3 Tribunal de Cuentas
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»D.T. 3ª.
Los funcionarios actualmente al servicio del Tribunal de Cuentas continuarán desempeñando su función en la forma que determine la Ley de Funcionamiento y, en tanto no entre en vigor dicha Ley, en la forma establecida por la legislación vigente con las adaptaciones requeridas por la presente Ley Orgánica.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-05-1982 en vigor desde 10-06-1982