Dt 3 Reglamento de desarrollo de la Ley 58/2003, General Tributaria, en materia de revision en via administrativa
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. 3ª. Procedimiento abreviado ante órganos unipersonales.
Hasta el 30 de abril de 2006 las reclamaciones económico-administrativas se tramitarán por el procedimiento abreviado ante órganos unipersonales cuando sean de cuantía inferior a 2.000 euros, ó 24.000 euros si se trata de reclamaciones contra bases o valoraciones, y en los demás supuestos establecidos en el artículo 245.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-05-2005 en vigor desde 27-06-2005