Dt 3 Educación

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA. Movilidad de los funcionarios de los cuerpos docentes.

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En tanto no sean desarrolladas las previsiones contenidas en esta Ley que afecten a la movilidad mediante concurso de traslados de los funcionarios de los cuerpos docentes en ella contemplados, la movilidad se ajustará a la normativa vigente a la entrada en vigor de la presente Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-05-2006 en vigor desde 24-05-2006