Dt 3 Educación
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA. Movilidad de los funcionarios de los cuerpos docentes.
En tanto no sean desarrolladas las previsiones contenidas en esta Ley que afecten a la movilidad mediante concurso de traslados de los funcionarios de los cuerpos docentes en ella contemplados, la movilidad se ajustará a la normativa vigente a la entrada en vigor de la presente Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-05-2006 en vigor desde 24-05-2006