Dt 3 Básica de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. 3ª. Devengo del recurso cameral no prescrito.
Sin perjuicio de la supresión del recurso cameral permanente, ello no alterará la exigibilidad de las cuotas del recurso cameral permanente no prescritas, devengadas con arreglo a la norma que se deroga.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-04-2014 en vigor desde 03-04-2014