Dt 20 TR. de la ley reguladora de las haciendas locales
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»D.T. 20ª. Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Con efectos exclusivos para el año 2012, aquellos municipios que no hubieran aprobado la ordenanza para el establecimiento de la reducción potestativa prevista en el apartado 3 del artículo 107 de esta Ley, en su redacción dada por el artículo 4 del Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, continuarán aplicando la reducción establecida en dicho apartado 3 en su redacción anterior al citado real decreto-ley.
Modificaciones
- Modificación realizada (Articulo historico) por Real Decreto-ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público.
(BOE de 31-03-2012) en vigor desde 31-03-2012 - Texto Original. Publicado el 09-03-2004 en vigor desde 31-03-2012