Dt 2 Registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. 2ª. Registros actuales.
Las administraciones laborales competentes adoptarán las medidas pertinentes para garantizar la conservación de los datos obrantes en los registros actualmente existentes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-06-2010 en vigor desde 01-10-2010