Dt 2 Medidas urgentes para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158, relativa a la conciliación, y para la mejora de la protección por desempleo
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»D.T. 2ª. Régimen transitorio de compatibilidad del subsidio por desempleo con el trabajo por cuenta ajena.
Todos los subsidios por desempleo, incluido el subsidio para mayores de cincuenta y dos años, que en el momento de entrada en vigor de esta norma estén sujetos al régimen de compatibilidad previsto en la disposición transitoria quinta de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad, seguirán rigiéndose por lo previsto en la citada disposición transitoria y por la normativa vigente en la fecha de reconocimiento del subsidio, hasta que se produzca la finalización de la relación laboral, o en su caso, la extinción del subsidio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-12-2023 en vigor desde 21-12-2023