Dt 2 Impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público
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»D.T. 2ª. Firma de las facturas electrónicas.
En tanto no se desarrolle el contenido del sello electrónico avanzado basado en un certificado electrónico reconocido, las facturas electrónicas que se presenten ante las Administraciones Públicas podrán garantizar su autenticidad e integridad mediante un certificado que resulte válido en la plataforma de validación de certificados electrónicos @firma del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-12-2013 en vigor desde 17-01-2014