Dt 2 Función Estadística Pública
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»D.T. 2ª.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 34.3 de esta Ley, los Ministerios podrán celebrar convenios con el Instituto Nacional de Estadística para la informatización de sus archivos y registros.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-05-1989 en vigor desde 12-05-1989