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Dt 2 Autoridad Catalana de Protección de Datos

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D.T. 2ª. Procedimiento sancionador

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Mientras el Gobierno no apruebe el decreto que regula el procedimiento sancionador en materia de protección de datos, continúa siendo aplicable el procedimiento establecido por el Decreto 278/1993, de 9 de noviembre, sobre procedimiento sancionador de aplicación a los ámbitos de competencia de la Generalidad.

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  • Texto Original. Publicado el 08-10-2010 en vigor desde 28-10-2010