Dt 15 Ley de Propiedad Intelectual
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»D.T. 15ª. Aplicación de la protección prevista en el Libro I, a las bases de datos finalizadas antes del 1 de enero de 1998.
La protección prevista en la presente Ley, en lo que concierne al derecho de autor, se aplicará también a las bases de datos finalizadas antes del 1 de enero de 1998, siempre que cumplan en la mencionada fecha los requisitos exigidos por esta Ley, respecto de la protección de bases de datos por el derecho de autor.
Modificaciones
- Modificación realizada (Articulo historico) por Ley 5/1998, de 6 de marzo, de incorporación al Derecho español de la Directiva 96/9/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 1996, sobre la protección jurídica de las bases de datos.
(BOE de 07-03-1998) en vigor desde 01-04-1998 - Texto Original. Publicado el 22-04-1996 en vigor desde 01-04-1998