Dt 14 Medidas para la reforma de la Función Pública
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»D.T. 14ª
Hasta la entrada en vigor de la Ley Orgánica a que se refiere el artículo 104.2 de la Constitución, los funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad seguirán rigiéndose por las normas que les son aplicables, sin perjuicio de la aplicación supletoria de la presente Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-08-1984 en vigor desde 23-08-1984