Dt 10 Estatuto de los Trabajadores
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»D.T. 10ª. Régimen aplicable a expedientes de regulación de empleo iniciados conforme a la normativa anterior.
1. Los expedientes de regulación de empleo para la extinción o suspensión de los contratos de trabajo o para la reducción de jornada que estuvieran en tramitación a 12 de febrero de 2012 se regirán por la normativa vigente en el momento de su inicio.
2. Los expedientes de regulación de empleo para la extinción o la suspensión de los contratos de trabajo o para la reducción de jornada resueltos por la autoridad laboral y con vigencia en su aplicación a 12 de febrero de 2012 se regirán por la normativa en vigor cuando se dictó la resolución del expediente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-10-2015 en vigor desde 13-11-2015