Dt 10 Código Civil de Cataluña

Dt 10 Código Civil de Cataluña

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D. T. 10ª. Derechos de aprovechamiento parcial

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los derechos de aprovechamiento parcial existentes en el momento de la entrada en vigor del presente libro se rigen por las normas del mismo. Sin embargo, el plazo de redención establecido por el artículo 563-3 se cuenta a partir de dicha entrada en vigor.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003