Dt 1 Patrimonio histórico español
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»D.T. 1ª.
En tanto se elaboran las normas precisas para el desarrollo y aplicación de la presente Ley, se entenderán vigentes las de rango reglamentario que regulan el Patrimonio Histórico-Artístico Español, el Tesoro Documental y Bibliográfico, los Archivos, Bibliotecas y Museos, en todo aquello que no contravenga lo dispuesto en la misma.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-06-1985 en vigor desde 19-07-1985