Dt 1 Se modifica el Estatuto de los Trabajadores, en materia de información y consulta y de protección en caso de insolvencia del empresario
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»D.T. 1ª. Régimen transitorio aplicable a las situaciones transnacionales.
La protección de los trabajadores en las situaciones transnacionales en los términos regulados en los nuevos apartados 10 y 11 del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores será aplicable a todo procedimiento colectivo basado en la insolvencia de un empresario solicitado a partir del 8 de octubre de 2005.