Dt 1 para la aplicación de la Ley 24/1972, en materia de prestaciones del RGSS
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»D.T. 1ª.
(NOTA: Derogada parcialmente por Real Decreto 1071/1984, de 23 de mayo, por el que se modifican diversos aspectos en la normativa vigente en materia de invalidez permanente en la Seguridad Social)
A efectos del cálculo de la base reguladora de las pensiones derivadas de accidente de trabajo y enfermedad profesional y de invalidez absoluta, debida a cualquier contigencia, se mantendrá la vigencia de las normas aplicables en treinta de junio de mil novecientos setenta y dos, en tanto se apruebe el consiguiente Reglamento General.
Modificaciones
- Artículo modificado por REAL DECRETO 1071/1984, DE 23 DE MAYO, POR EL QUE SE MODIFICAN DIVERSOS ASPECTOS EN LA NORMATIVA VIGENTE EN MATERIA DE INVALIDEZ PERMANENTE EN LA SEGURIDAD SOCIAL.
(BOE de 07-06-1984) en vigor desde 08-06-1984