Legislación

Aplicación de los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Ambito: DOUE

Estado: VIGENTE. Validez desde 11 de Enero de 2022

F. entrada en vigor: 24/04/2011

Órgano emisor: PARLAMENTO EUROPEO Y CONSEJO

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 88

F. Publicación: 04/04/2011


CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objetivo y ámbito de aplicación Artículo 2. Relación con otras disposiciones de la Unión Artículo 3. Definiciones
CAPÍTULO II. RESPONSABILIDADES DE LOS ESTADOS MIEMBROS EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA SANITARIA TRANSFRONTERIZA
Artículo 4. Responsabilidades del Estado miembro de tratamiento Artículo 5. Responsabilidades del Estado miembro de afiliación Artículo 6. Puntos nacionales de contacto para la asistencia sanitaria transfronteriza
CAPÍTULO III. REEMBOLSO DE GASTOS DE ASISTENCIA SANITARIA TRANSFRONTERIZA
Artículo 7. Principios generales para el reembolso de gastos Artículo 8. Asistencia sanitaria que puede requerir autorización previa Artículo 9. Procedimientos administrativos relativos a la asistencia sanitaria transfronteriza
CAPÍTULO IV. COOPERACIÓN EN MATERIA DE ASISTENCIA SANITARIA
Artículo 10. Asistencia mutua y cooperación Artículo 11. Reconocimiento de recetas extendidas en otro Estado miembro Artículo 12. Redes europeas de referencia Artículo 13. Enfermedades raras Artículo 14. Sanidad electrónica Artículo 15. Cooperación en la evaluación de las tecnologías sanitarias
CAPÍTULO V. DISPOSICIONES DE APLICACIÓN Y DISPOSICIONES FINALES
Artículo 16. Comité Artículo 17. Ejercicio de la delegación Artículo 18. Revocación de la delegación Artículo 19. Objeciones a los actos delegados Artículo 20. Informes Artículo 21. Incorporación al Derecho nacional Artículo 22. Entrada en vigor Artículo 23. Destinatarios