Df única Relación laboral especial de abogados que prestan servicios en despachos de abogados
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. UNICA. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 17 de noviembre de 2006.
JUAN CARLOS R.
La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia,
MARÍA TERESA FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-11-2006 en vigor desde 18-11-2006