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D.F. UNICA.

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La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos a partir del 1 de enero de 2002.

Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Madrid, 27 de diciembre de 2001.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno, JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2001 en vigor desde 01-01-2002