Df 9 Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas
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»D.F. 9ª. Deportistas de alto nivel.
(DEROGADO)
El Ministerio de Defensa y el Consejo Superior de Deportes o las Administraciones públicas con competencias en materia de deportes podrán suscribir convenios de mutua colaboración y de apoyo a los deportistas de alto nivel pertenecientes a las Fuerzas Armadas, con objeto de fomentar la práctica y formación deportiva.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
(BOE de 20-11-2007) en vigor desde 01-01-2008