Df 9 Se modifica la LO. 6/1985, del Poder Judicial
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»D.F. 9ª. Desarrollo reglamentario.
El Consejo General del Poder Judicial procederá a elaborar el reglamento que desarrolle el procedimiento al que se refiere el artículo 296 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-07-2015 en vigor desde 01-10-2015