Df 9 Código Civil de Cataluña
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»D.F. 9ª. Entrada en vigor
La presente ley entra en vigor el 1 de enero de 2018, salvo el apartado 1 de la disposición final segunda, el apartado 11 de la disposición final cuarta, el apartado 4 de la disposición final quinta y la disposición final sexta, que entran en vigor el 1 de marzo de 2017.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.
Palacio de la Generalidad, 15 de febrero de 2017
Carles Puigdemont i Casamajó
Presidente de la Generalidad de Cataluña
Carles Mundó i Blanch
Consejero de Justicia
Modificaciones
- Modificación realizada (D.F. 9ª. (corrección de errores)) por CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Ley 3/2017, de 15 de febrero, del libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, y de modificación de los libros primero, segundo, tercero, cuarto y quinto (DOGC núm. 7314, de 22.2.2017).
(DOGC de 15-03-2017) en vigor desde 01-01-2018 - Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 01-01-2018