Df 7 Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social
D.F. 7ª.
1. Se autoriza al Gobierno para que, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, elabore un texto refundido de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores, incorporando, además de las modificaciones introducidas por la presente Ley, las efectuadas por las siguientes disposiciones legales:
a) Ley 4/1983, de 29 de junio, de fijación de la jornada máxima legal en cuarenta horas, y de las vacaciones anuales mínimas en treinta días.
b) Ley 32/1984, de 2 de agosto, sobre modificación de determinados artículos de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores.
c) Ley 3/1989, de 3 de marzo, por la que se amplía a dieciséis semanas el permiso por maternidad y se establecen medidas para favorecer la igualdad de trato de la mujer en el trabajo.
d) Ley 8/1992, de 30 de abril, de modificación del régimen de permisos concedidos por las Leyes 8/1980, del Estatuto de los Trabajadores, y 30/1984, de medidas para la reforma de la Función Pública, a los adoptantes de un menor de cinco años.
e) Ley 36/1992, de 28 de diciembre, sobre modificación del Estatuto de los Trabajadores, en materia de indemnización en los supuestos de extinción contractual por jubilación del empresario.
f) Ley 11/1994, de 19 de mayo, por la que se modifican determinados artículos del Estatuto de los Trabajadores, del texto articulado de la Ley de Procedimiento Laboral y de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
2. El texto refundido a que se refiere el número anterior incorporará además, dándoles el emplazamiento que les corresponda, los cambios derivados de las siguientes disposiciones:
a) Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos (artículo 41.1), por lo que se refiere a la relación laboral especial de los trabajadores minusválidos que presten sus servicios en centros especiales de empleo.
b) Ley 8/1988, de 7 de abril, sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, disposición final primera, por lo que se refiere a las infracciones en materia laboral de los artículos 6, 7 y 8.
c) Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 1990 (disposición adicional segunda).
d) Ley 2/1991, de 7 de enero, sobre derechos de información de los representantes de los trabajadores en materia de contratación.
e) Ley 10/1994, de 19 de mayo, sobre medidas urgentes de fomento de la ocupación.
3. Asimismo se procederá a las actualizaciones que resulten procedentes como consecuencia de los cambios producidos en la organización de la Administración General del Estado desde la promulgación de la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores.
- Modificación realizada por CORRECCION DE ERRORES DE LA LEY 42/1994, DE 30 DE DICIEMBRE, DE MEDIDAS FISCALES, ADMINISTRATIVAS Y DE ORDEN SOCIAL.
(BOE de 16-02-1995) en vigor desde 01-01-1995 - Texto Original. Publicado el 31-12-1994 en vigor desde 01-01-1995