Df 7 Impulso de la factur...or Público

Df 7 Impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público

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D.F. 7ª. Habilitación normativa.

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Se habilita al Gobierno, al Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas y al Ministro de Industria, Energía y Turismo, en el ámbito de sus competencias, a dictar las disposiciones reglamentarias y adoptar medidas necesarias para el desarrollo, la aplicación y ejecución de lo dispuesto en esta Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2013 en vigor desde 17-01-2014