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Df 6 Saneamiento y liquidacion de las entidades de credito

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D.F. 6ª. Entrada en vigor.

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La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.

Madrid, 22 de abril de 2005.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO

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  • Texto Original. Publicado el 23-04-2005 en vigor desde 24-04-2005