Df 6 Medidas de reactivación del empleo y de competitividad industrial
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»D.F. 6ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
El Gobierno, mediante real decreto, a propuesta de las personas titulares de los correspondientes ministerios, en el ámbito de sus competencias, dictará las normas necesarias para desarrollar lo previsto en este real decreto-ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-06-2020 en vigor desde 27-06-2020