Df 6 Medidas de Proteccion Integral contra la Violencia de Genero
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 6ª. Modificación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.
Se modifica el apartado 5 del artículo 3 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Gratuita, que quedará redactado como sigue:
«5. Tampoco será necesario que las víctimas de violencia de género acrediten previamente carecer de recursos cuando soliciten defensa jurídica gratuita especializada, que se les prestará de inmediato, sin perjuicio de que si no se le reconoce con posterioridad el derecho a la misma, éstas deban abonar al abogado los honorarios devengados por su intervención.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-12-2004 en vigor desde 28-01-2005