Df 6 Acción y del Servicio Exterior del Estado
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»D.F. 6ª. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 25 de marzo de 2014.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
MARIANO RAJOY BREY
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-03-2014 en vigor desde 27-03-2014