Df 5 Requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de equipos a presión
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»D.F. 5ª. Entrada en vigor.
El artículo 13 de este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y el resto de artículos a partir del 19 de julio de 2016.
Dado en Madrid, el 24 de julio de 2015.
FELIPE R.
El Ministro de Industria, Energía y Turismo,
JOSÉ MANUEL SORIA LÓPEZ