Df 5 Modificación del régimen de tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del sistema de asistencia jurídica gratuita
D.F. 5ª. Título competencial.
El presente real decreto-ley se dicta al amparo de las competencias del Estado en materia de Administración de Justicia, legislación procesal y Hacienda Pública del artículo 149.1.5.ª, 6.ª y 14.ª de la Constitución.
La disposición adicional única se dicta al amparo de las competencias atribuidas al Estado en el artículo 149.1.17.ª de la Constitución en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social.
La disposición final segunda se dicta al amparo de las competencias atribuidas al Estado en el artículo 149.1.8.ª de la Constitución en materia de legislación civil.
La disposición final tercera se dicta al amparo de las competencias atribuidas al Estado en el artículo 149.1.6.ª de la Constitución en materia de legislación mercantil.
La disposición final cuarta se dicta al amparo de las competencias atribuidas al Estado en el artículo 149.1.11.ª de la Constitución en materia de bases de la ordenación del crédito.
- Texto Original. Publicado el 23-02-2013 en vigor desde 24-02-2013