Df 5 Mecanismo RED de Flexibilidad y Estabilización del Empleo
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»D.F. 5ª. Habilitación normativa.
Se faculta a la persona titular del Ministerio de Trabajo y Economía Social para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo normativo y la aplicación de este real decreto y, en particular, para la determinación de la forma y contenido de la información estadística de los procedimientos relativos al Mecanismo RED.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-07-2023 en vigor desde 13-07-2023