Df 5 Ley Orgánica de Extranjería

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D.F. 5ª. Apoyo al sistema de información de Schengen.

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El Gobierno, en el marco de lo previsto en el Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen, adoptará cuantas medidas fueran precisas para mantener la exactitud y la actualización de los datos del sistema de información de Schengen, facilitando el ejercicio del derecho a la rectificación o supresión de datos a las personas cuyos datos figuren en el mismo.

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  • Texto Original. Publicado el 12-01-2000 en vigor desde 01-02-2000