Df 5 Criterios técnico-sanitarios de las piscinas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 5ª. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 27 de septiembre de 2013.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, ANA MATO ADROVER
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-10-2013 en vigor desde 11-12-2013