Df 5 Cooperativas

Df 5 Cooperativas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.F. 5ª. Normas para la aplicación y desarrollo de la Ley.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El Gobierno, a propuesta del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, podrá dictar normas para la aplicación y desarrollo de la presente Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-07-1999 en vigor desde 17-07-1999