Df 5 Código Civil de Cataluña
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»D.F. 5ª. Entrada en vigor
La presente ley entra en vigor a los tres meses de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.
Palacio de la Generalidad, 24 de abril de 2008
José Montilla i Aguilera
Presidente de la Generalidad de Cataluña
Montserrat Tura i Camafreita
Consejera de Justicia
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003