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Df 4 Protección de la seguridad ciudadana

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D.F. 4ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario.

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Se habilita al Gobierno, en el ámbito de sus competencias, para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en esta Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-03-2015 en vigor desde 01-07-2015