Df 4 Plan General de Contabilidad

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D.F. 4ª. Plazo de aprobación de determinadas adaptaciones del Plan General de Contabilidad.

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En el plazo de un año a contar desde la entrada en vigor del Plan General de Contabilidad, el Ministro de Economía y Hacienda aprobará las adaptaciones sectoriales del Plan General de Contabilidad a las sociedades concesionarias de autopistas, túneles, puentes y otras vías de peaje y a las empresas del sector de abastecimiento y saneamiento de aguas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-11-2007 en vigor desde 01-01-2008