Df 4 Medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales
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»D.F. 4ª. Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley.
Madrid, 29 de diciembre de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ ZAPATERO
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2004 en vigor desde 31-12-2004