Df 4 Criterios y procedimiento para determinar y repercutir las responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la UE
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»D.F. 4ª. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 5 de julio de 2013.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas,
CRISTÓBAL MONTORO ROMERO
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-07-2013 en vigor desde 07-07-2013