Df 4 Código Civil de Cataluña
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»D.F. 4ª. Modificación de la disposición transitoria primera de la Ley 7/2006
Vigente
Se modifica la disposición transitoria primera de la Ley 7/2006, de 31 de mayo, del ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales, que queda redactada del siguiente modo:
«Primera. Adaptación de estatutos y demás normas colegiales
»El plazo para adaptar a la presente ley los estatutos y las demás normas colegiales de los colegios profesionales y los consejos de colegios profesionales finaliza el 31 de marzo de 2009. Mientras no se adapten, siguen vigentes en lo que no contradiga la ley y deben interpretarse en todo caso de acuerdo con los nuevos principios legales.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003